El Estatuto Nacional modificado y actualizado en la Asamblea Confederal de los días 1 y 2 de junio de 2018:

Este es el texto aprobado, a falta de las correcciones de estilo y ortografía:

 

 

ESTATUTO

DE LA CONFEDERACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA

DE ANTIGUOS ALUMNOS Y ANTIGUAS ALUMNAS

DE DON BOSCO

 

Modificado y puesto al día en el Asamblea Confederal, celebrada en Madrid, el 1-2 de junio de 2018.

 

 

 

 

 

PRIMERA PARTE

VIDA Y MISIÓN

 

CAPÍTULO I

IDENTIDAD Y MISIÓN DEL ANTIGUO ALUMNO

Y DE LA ANTIGUA ALUMNA DE DON BOSCO[1]

 

  1. IDENTIDAD

 

Son Antiguos Alumnos de Don Bosco quienes, por haber frecuentado un oratorio, escuela o cualquier otra obra salesiana:

  1. a) han recibido una preparación para la vida, según los principios del Sistema Preventivo de Don Bosco,
  2. b) se sienten vinculados a Don Bosco por la gratitud, el afecto filial y el aprecio a los valores de la educación recibida,
  3. c) y están dispuestos a colaborar, según las propias posibilidades, en el proyecto educativo y evangelizador de la Familia Salesiana.

 

  1. MISIÓN

 

Los Antiguos Alumnos de Don Bosco se esfuerzan por consolidar, desarrollar y traducir en compromisos de vida familiar, profesional y socio-política los principios educativos salesianos recibidos, que reconocen como patrimonio común de la familia humana.

Con este fin:

 

  1. a) Atienden a su formación permanente para responder adecuadamente, como honrados ciudadanos y, si lo son, como buenos cristianos, a las situaciones del mundo actual.

 

  1. b) Son sensibles a los problemas educativos e iniciativas culturales, sociales y formativas que atañen a los jóvenes, en especial a los pobres y marginados, para ayudarles a asumir responsabilidades en todos los niveles.

 

  1. c) Cultivan la apertura, el diálogo y la colaboración entre todos los ciudadanos de las diferentes autonomías sin ninguna discriminación.

 

  1. d) Si son cristianos, participan, con compromisos concretos, en los fines evangelizadores de la Iglesia con la espiritualidad de Don Bosco, alentados y ayudados por la presencia maternal de María Auxiliadora. Si no son cristianos, apoyan los principios salesianos recibidos con cuanto sugieren su propia religión y cultura.

 

CAPÍTULO II

FINES Y OBJETIVOS DE LA ASOCIACIÓN

 

  1. FINES Y OBJETIVOS

 

Los Antiguos Alumnos de Don Bosco se unen en Asociación, que tiene como fines y objetivos:

1) Conservar, profundizar, actuar y actualizar los valores de la educación recibida en la Escuela de Don Bosco, acompañando a los asociados en su crecimiento personal, familiar y comunitario.

2) Animar el Movimiento de Antiguos Alumnos para hacer fructificar la educación recibida.

3) Incrementar la comunión activa con toda la Familia Salesiana para realizar la misión de Don Bosco en el mundo.

Por tanto, la Asociación:

  1. a) Programa experiencias de formación permanente mediante un plan sistemático de Formación debidamente aceptado en el Consejo Nacional.
  2. b) Contribuye a una sociedad más justa y solidaria, incidiendo en los procesos culturales, sociales, morales, espirituales, religiosos y políticos en los que se deciden las respuestas más idóneas a los problemas sociales, económicos y laborales de los jóvenes y de los sectores populares.
  3. c) Testimonia y defiende los valores y dignidad de la familia, el amor y la vida y favorece que los propios hogares se conviertan, como el Oratorio de Don Bosco, en «casa que acoge, parroquia que evangeliza, escuela que prepara para la vida y patio donde se comparten la amistad y la alegría».
  4. d) Acompaña a los jóvenes, ya desde los primeros años de su proceso formativo, dándoles a conocer la Asociación y sus finalidades, reservando para ellos ocasiones de encuentro y ayudándoles después en su inserción en el mundo adulto y laboral.
  5. e) Favorece su participación en actividades de voluntariado salesiano, con perspectivas, incluso, de compromiso misionero.
  6. f) Establece cauces de comunicación que mantengan, al menos, el contacto con asociados y no asociados.

 

  1. AMIGOS DE DON BOSCO

La Asociación de Antiguos Alumnos de Don Bosco se presenta como punto de referencia y de incorporación para cuantos, por diversos títulos, se sienten cercanos a la obra salesiana, desean compartir sus finalidades y compromisos y forman el grupo de «Amigos de Don Bosco».

 

CAPÍTULO III

RELACIONES EN LA FAMILIA SALESIANA

Y CON OTROS MOVIMIENTOS E INSTITUCIONES

 

  1. RELACIONES EN LA FAMILIA SALESIANA

 

La Asociación de Antiguos Alumnos de Don Bosco forma parte de la Familia Salesiana por la educación recibida y aporta a la misma su característica laical y su índole secular. Por consiguiente:

 

  1. a) Reconoce al Rector Mayor, sucesor de Don Bosco, como padre y centro de unidad de la Familia Salesiana y referencia primaria de la Asociación.

 

  1. b) Contribuye al crecimiento de la comunión activa y la colaboración en la misión con toda la Familia Salesiana, en especial con la Asociación de las Antiguas Alumnas y Antiguos Alumnos de las Hijas de María Auxiliadora, en espíritu de familia y respetando las propias autonomías.

 

  1. c) Pide a la Congregación Salesiana el servicio de animación de la Asociación para mantener la unidad de espíritu y estimular el diálogo, la colaboración fraterna y la formación espiritual permanente, por medio de sus Delegados en la Asociación.

 

  1. d) Favorece el compromiso vocacional de los Antiguos Alumnos que, espontánea y libremente, se orientan hacia otros grupos de la Familia Salesiana, especialmente hacia los Cooperadores Salesianos.

 

  1. RELACIONES CON OTROS MOVIMIENTOS E INSTITUCIONES

 

La Confederación Nacional Española de Antiguos Alumnos de Don Bosco se mantiene en contacto con los movimientos y entidades eclesiales y sociales que persiguen fines similares.

 

 

 

 

SEGUNDA PARTE

ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURAS Y FUNCIONES

 

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURAS GENERALES

 

  1. ORGANIZACIÓN MUNDIAL

 

  1. a) Al recordar la sugestiva figura de Don Bosco, los antiguos alumnos se reunieron, inicialmente, de forma espontánea y filial, dando vida, con sus primeras formas de unión, a un Movimiento y a una Asociación.

 

  1. b) La organización en estructuras asociativas, inspirada por Don Rinaldi y perfeccionada con el correr de los años, se ha articulado en Asociaciones Locales, Federaciones Regionales o Inspectoriales y Federaciones Nacionales. Su conjunto constituye la Confederación Mundial de Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas de Don Bosco, de la que es miembro la Confederación Nacional Española de Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas de Don Bosco (en adelante Confederación Nacional). Es la estructura reconocida, mediante la cual se configura la pertenencia real del antiguo alumno a la Familia Salesiana.

 

  1. c) La sede de la Confederación Mundial radica en la Casa General de la Congregación Salesiana: Via Marsala, 42, 00185 ROMA. Italia.

 

  1. ORGANIZACIÓN NACIONAL

 

  1. a) La Confederación Nacional es única, sin discriminación alguna según lo establecido en la Constitución Española. Como asociación laical, goza de personalidad y representación jurídica en los ámbitos local, regional, nacional y mundial, y está reconocida civilmente donde esto es posible.

 

 

  1. b) La inscripción en la Confederación Nacional, a través de las Asociaciones Locales, implica la aceptación de este Estatuto y compromete a compartir sus fines y objetivos, según los Estatutos Mundial, Confederal, Federal y Local.

 

  1. c) La Confederación Nacional está constituida por tiempo indefinido. Su ámbito de actuación comprende todo el territorio del Estado español. No tiene ánimo de lucro, aunque podrá realizar actividades económicas encaminadas a la realización de sus fines.

 

  1. ESTRUCTURAS DE LA CONFEDERACIÓN NACIONAL

 

  1. a) La Confederación Nacional se estructura en Federaciones Regionales y éstas en Asociaciones Locales, todas ellas con iguales órganos de gobierno.

 

  1. b) Los Órganos de Gobierno de carácter deliberativo, que se reúnen al menos una vez al año, son:

 

La Asamblea Confederal.

La Asamblea Federal.

La Asamblea Local.

 

  1. c) Los Órganos de Gobierno de carácter ejecutivo, que establecen su propio funcionamiento y que, de ordinario, se reúnen semanalmente, son:

 

La Ejecutiva Confederal.

La Ejecutiva Federal.

La Ejecutiva Local.

 

  1. d) Los Órganos consultivos son:

 

La Consulta Confederal.

La Consulta Federal.

La Coordinadora Central del Grupo Joven.

Cualquier otra Consulta que el Presidente (Confederal, Federal o Local) considere oportuna.

 

  1. LAS EJECUTIVAS

 

La Ejecutiva, Confederal, Federal o Local, la forman el Presidente, dos Vicepresidentes, uno de los cuales, si lo hubiere, será el coordinador de la Coordinadora Central del Grupo Joven (cf. Art. 43), el Secretario, el Tesorero, el Vocal de Formación y los miembros necesarios, propuestos por el Presidente, para animar la realización del Proyecto aprobado por la respectiva Asamblea. El Delegado es miembro nato de la Ejecutiva con pleno derecho.

 

  1. CONSTITUCIÓN DE LAS ASAMBLEAS

 

Las Asambleas, Confederal, Federal y Local, tanto ordinarias como extraordinarias, quedan válidamente constituidas en primera convocatoria, cuando concurre a ellas la mayoría absoluta de sus miembros y, en segunda convocatoria, fijada para media hora después de la primera, cualquiera que sea el número de los asistentes.

 

  1. CONVOCATORIAS

 

  1. a) La reunión ordinaria de las Asambleas se celebrará una vez al año dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio. La convoca el Presidente, por escrito, con una antelación al menos de 15 días naturales, indicando el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar, así como el lugar, hora y día de la reunión.

 

  1. b) Las reuniones extraordinarias las convoca el Presidente, por escrito, cuando lo estime necesario o cuando lo pida, también por escrito, la cuarta parte de sus miembros.

 

  1. c) La Consulta Confederal o Federal, y las demás consultas, las convoca el Presidente respectivo cuando lo estime necesario.

 

  1. ACUERDOS

 

  1. a) Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los presentes y representados, salvo en los supuestos en los que se establezca un porcentaje más reforzado de votos.

 

  1. b) Las votaciones podrán hacerse de modo nominal o secreto. Tendrán carácter secreto cuando así lo solicite, al menos, un miembro del Consejo o Asamblea.

 

  1. DELEGACIONES

 

El socio con derecho a participar en una Asamblea puede delegar por escrito en otro socio, a todos los efectos. Sólo se puede ostentar una delegación. El Delegado puede delegar en otro Delegado o en otro socio.

 

  1. EXPERTOS

 

Las personas, asociadas o no, que el Presidente juzgue oportuno invitar a participar en los Órganos de Gobierno para tratar determinados temas del orden del día en calidad de expertos, sólo tienen derecho a voz.

 

  1. FUNCIONES DEL PRESIDENTE

 

El Presidente, entre otras funciones:

 

  • Ejerce la representación legal de la Asociación.
  • Se preocupa de las relaciones con las otras Asociaciones de Antiguos Alumnos de Don Bosco y con los demás Grupos de la Familia Salesiana, Autoridades, Organismos y con terceros.
  • Convoca la Asamblea y las reuniones de la Ejecutiva y de la Consulta.
  • Preside las reuniones de los distintos Órganos de Gobierno.
  • Fija el orden del día de las reuniones de la Ejecutiva.
  • Nombra y cesa a los miembros de su equipo, que forman la Ejecutiva, excepto aquellos que estatutariamente no son designados por él.
  • Fomenta la unidad, la corresponsabilidad y la iniciativa, que aseguran el sano ejercicio de los compromisos laicales de los asociados.
  • Ordena los pagos que se autoricen, con la intervención del tesorero.
  • El Presidente desarrolla las actividades inherentes a su cargo en estrecha colaboración con la Ejecutiva de la Asociación.
  1. LOS VICEPRESIDENTES
  • El Vicepresidente primero colabora muy estrechamente con el Presidente y lo sustituye cuando es necesario.
  • Los Vicepresidentes colaboran con el Presidente en la promoción de la unidad, la comunión entre los asociados y en la fidelidad a este Estatuto
  • Desempeñan las incumbencias que el Presidente les encomiende.
  • Por regla general no serán más de dos.

 

  1. EL SECRETARIO
  • Redacta la memoria que la Ejecutiva presenta a la Asamblea.
  • Redacta el orden del día y las actas de las sesiones y reuniones de los Órganos de Gobierno, y las somete a su aprobación.
  • Desempeña las funciones inherentes a su cargo, pudiendo servirse de eventuales colaboradores o expertos.
  • Expide certificaciones, lleva los ficheros y custodia la documentación de la entidad, remitiendo en su caso, las comunicaciones a la Administración, con los requisitos pertinentes.
  • Custodia cuidadosamente el fichero de datos de la Asociación conforme a la Ley de Protección de Datos.

 

  1. EL TESORERO

 

  • Es el responsable, junto con el Presidente, del área económica de la Asociación.
  • Es responsable de las cuentas bancarias.
  • Mantiene al día los libros de contabilidad y el inventario de los bienes de la Asociación.
  • Elabora los presupuestos de gastos y el balance que debe presentar a la Ejecutiva.
  • De acuerdo con la Ejecutiva, puede realizar gastos extraordinarios no contemplados en el presupuesto.
  • Da cuenta de las actividades propias de su cargo.

 

 

  1. LOS VOCALES

 

  • Participan en las reuniones de la Ejecutiva.
  • Colaboran en la animación de la Asociación.
  • Desempeñan las tareas específicas que se les han encomendado y que son inherentes a su cargo.

 

  1. NOMBRAMIENTOS Y DURACIÓN EN EL CARGO

 

  1. a) El Presidente es elegido por la Asamblea, previa presentación de su candidatura, a la que se dará la adecuada difusión, con una antelación de treinta días a la celebración de la correspondiente reunión. Nombra su equipo. Permanece en el cargo cuatro años, y sólo puede ser reelegido hasta completar un período máximo de ocho años consecutivos.

 

  1. b) El cese reglamentario en un cargo ejecutivo no significa necesariamente el cese en el equipo, en el que puede ocupar otro cargo.

 

  1. c) En caso de dimisión o muerte del Presidente le sustituye el Vicepresidente primero hasta la celebración de elecciones, que convocará lo antes posible y, en todo caso, antes de seis meses.

 

  1. d) Es de desear que no se confíe más de un cargo, al mismo tiempo, a cada persona.

 

  1. e) El Delegado es nombrado por la Congregación Salesiana, oído el parecer del Presidente.

 

  1. f) Todos los cargos que componen la respectiva Ejecutiva serán gratuitos.

 

  1. g) Todos los asociados que formen parte de los órganos de animación y gobierno de la Asociación se preocuparán responsablemente de prepararse más y más para un mejor servicio a los asociados y a la misión de la Asociación.

 

  1. CESE DEL PRESIDENTE

 

El Presidente cesará en su cargo por:

 

1) Culminación del periodo para el que fue elegido por la Asamblea correspondiente.

2) Dimisión.

3) Quedar inhabilitado física, mental o legalmente para el desempeño de sus funciones.

4) Decisión de la Asamblea correspondiente, reunidos en sesión convocada a tal fin

5) Cualquiera de las situaciones contempladas en la legislación vigente.

 

 

En cualquiera de los casos 2, 3 y 4, le sustituirá el Vicepresidente primero hasta la celebración de elecciones, que deberán celebrarse obligatoriamente antes de seis meses después de producirse esta situación.

 

 

CAPÍTULO V

ASOCIACIONES LOCALES

 

 

  1. ASOCIACIONES LOCALES

 

  1. a) Las Asociaciones Locales son la base de nuestra organización.

 

  1. b) Tienen su sede preferentemente en las Casas Salesianas, que ponen a su disposición los ambientes y medios idóneos para la organización y realización de sus actividades sociales y formativas.

 

  1. INSCRIPCIÓN PERSONAL

 

  1. a) La Asociación acoge entre sus asociados al Antiguo Alumno, previa solicitud de ingreso presentada a la Ejecutiva y con el compromiso de aceptación de los Estatutos Locales. La Ejecutiva entregará al nuevo socio los signos externos de pertenencia a la Asociación, que son el carné y la insignia de la Confederación Nacional.
  2. b) La Asociación cuida especialmente la formación salesiana de quienes son admitidos como socios con los medios necesarios y oportunos.
  3. c) Hecha su inscripción, el socio tiene plenitud de derechos y obligaciones.
  4. d) La Asociación está también al servicio de los Antiguos Alumnos no asociados y mantiene lazos de amistad fraterna con ellos.

 

  1. NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN

 

Las Asociaciones pueden conservar su propio nombre e identidad en caso de un eventual cierre de la Casa u Obra Salesiana.

 

  1. ASOCIACIONES SIN OBRA SALESIANA

 

  1. a) Pueden constituirse Asociaciones de Antiguos Alumnos de Don Bosco donde no exista Casa salesiana.

 

  1. b) Deben pedir su reconocimiento y adscripción a la Federación Regional en cuyo territorio se constituyen.

 

  1. c) La Federación Regional lo otorga siempre que mantengan vivo el espíritu de Don Bosco, posean una sede social y estén en comunión con la propia Federación Regional.

 

  1. d) De su asistencia espiritual se encarga, a ser posible, y de acuerdo con el Inspector, el Delegado de la Asociación más cercana, o algún salesiano al que le resulte más fácil atenderlas.

 

  1. e) Las Asociaciones ya constituidas facilitan la inscripción de sus asociados en las Asociaciones que se puedan constituir donde no existe obra salesiana, sin que necesariamente causen baja en ellas.

 

  1. ACTIVIDADES COORDINADAS

 

  1. a) Las actividades desarrolladas por la Asociación deben respetar las finalidades de la misma según el Estatuto Confederal; secundar las orientaciones de los Órganos de Gobierno Confederal y Federal; ser realizadas en armonía con el Proyecto Educativo Pastoral de la Obra Salesiana, a cuyo Consejo de Pastoral pertenece, y con la Iglesia Local; estar abiertas a la colaboración con los otros grupos de la Familia Salesiana.

 

  1. b) La Asociación programa toda clase de actividades formativas, culturales, deportivas, de acción social, de tiempo libre, de orientación familiar, de voluntariado, de orientación profesional, etc., para favorecer el desarrollo integral de la persona, la convivencia en la fraternidad y el esparcimiento de los asociados y de sus familias, según sus posibilidades y tradiciones. Con estas actividades trata de incidir en su entorno eclesial, político y social.

 

  1. ASAMBLEA LOCAL

 

Todos los socios son miembros de derecho de la Asamblea Local.

 

 

  1. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA LOCAL

 

La Asamblea local tiene, entre otras, las siguientes funciones:

 

  1. Elegir y cesar al Presidente.
  2. Aprobar el Estatuto de la Asociación, que deberá ser sometido a la Ejecutiva Federal correspondiente para su ratificación.
  3. Aprobar el proyecto anual de la Asociación.
  4. Aprobar los presupuestos y cuentas anuales, presentados por la Ejecutiva Local.
  5. Conocer la memoria anual de actividades de la Asociación, redactada por el Secretario.
  6. Determinar las cuotas de los socios.

 

  1. FUNCIONES DE LA EJECUTIVA LOCAL

 

La Ejecutiva Local tiene, entre otras, las siguientes funciones:

 

  1. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General de Socios (Asamblea Local).
  2. Elaborar la Memoria anual de la Asociación.
  3. Elaborar y preparar los presupuestos y cuentas anuales.
  4. Elaborar y evaluar el Proyecto anual y el programa general de actividades, disponiendo lo necesario para llevarlas a cabo.
  5. Dirigir en general las actividades de la Asociación para el mejor cumplimiento de sus fines.
  6. Cumplir y hacer cumplir los objetivos y directrices de los Órganos de Gobierno Confederales y Federales.
  7. Preocuparse eficazmente de la formación de los jóvenes, proporcionarles una adecuada orientación profesional y proponer, donde sea posible, iniciativas de voluntariado social o salesiano.
  8. Dar de alta a nuevos socios y certificar las bajas o dimisiones que se produzcan.
  9. Dirigir la edición del boletín informativo local para la comunicación con los asociados.
  10. Cuidar, de acuerdo con el Delegado, de la formación permanente de los miembros de la propia Ejecutiva, a fin de capacitarse más y más para el desempeño de su tarea.
  11. Hacer que todos los socios reciban la revista DON BOSCO EN ESPAÑA.

 

 

 

 

CAPÍTULO VI

FEDERACIONES REGIONALES

 

  1. LA FEDERACIÓN REGIONAL

 

  1. a) La Federación Regional está constituida por las Asociaciones Locales presentes en el ámbito coincidente con cada una de las Inspectorías Salesianas existentes en la fecha de aprobación del artículo 31 A de este Estatuto. La incorporación de una asociación local de pleno derecho a la misma no podrá ser rechazada en ningún caso siempre que la asociación solicitante cumpla los requisitos exigidos por este Estatuto.

 

  1. b) La Federación Regional es centro de animación para todas las Asociaciones Locales; favorece las relaciones entre las Asociaciones y con la Familia Salesiana y está presente en las estructuras Inspectoriales que correspondan o se hayan establecido de mutuo acuerdo: Consejo Inspectorial Pastoral de la Familia Salesiana, Movimiento Juvenil Salesiano, etc.

 

  1. SEDE DE LA FEDERACIÓN REGIONAL

 

La Federación Regional tiene su sede, siempre que sea posible, y de acuerdo con el Inspector, en la Casa Inspectorial o en otra Casa Salesiana de la Inspectoría.

 

 

  1. LA ASAMBLEA FEDERAL

 

La Asamblea Federal está constituida por:

 

1) Los componentes de la Ejecutiva Federal.

2) Los Presidentes de las Asociaciones Locales.

3) Los Delegados de las Asociaciones Locales.

4) Por cada Asociación Local, el número de miembros que determinen los Estatutos de la Federación correspondiente, en función del número de asociados, para lo cual tendrán que comunicar antes del 31 de diciembre de cada año el número de asociados inscritos en la misma, que deberán estar al corriente de pago. La Ejecutiva Federal, a su vez, comunicará antes del 31 de enero siguiente a cada Asociación el número de asociados de todas y cada una de las Asociaciones de la Federación.

5) Los expresidentes y exdelegados federales, a juicio del Presidente Federal, sin derecho a voto.

6) El Inspector.

 

 

  1. FUNCIÓN DE LA ASAMBLEA FEDERAL

 

La función de la Asamblea Federal es:

 

  1. Estudiar y resolver todos los asuntos de competencia federal, así como cualesquiera que le encomienden los Órganos de Gobierno Confederales.
  2. Promover y coordinar todas aquellas actividades que, por su índole, no son realizables en el ámbito local.
  3. Elegir y cesar al Presidente Federal.
  4. Presentar candidatos a la Presidencia Confederal.
  5. Nombrar los Consejeros delegados para la Asamblea Confederal.
  6. Conocer la Memoria que presenta la Ejecutiva Federal y aprobar sus actividades.
  7. Aprobar el presupuesto y las cuentas anuales de la Federación Regional y determinar las cuotas con las que cada Asociación Local contribuye a dicho presupuesto.
  8. Reconocer las Asociaciones de su Federación (o Inspectoría).
  9. Elegir al coordinador(a) de la Coordinadora Federal del Grupo Joven (si la hubiere) a propuesta de la misma.
  10. Ratificar el nombramiento de los miembros de la Coordinadora Federal del Grupo Joven conforme al reglamento de régimen interior del Grupo Joven.
  11. Otorgar distinciones honoríficas, de acuerdo con el Reglamento anexo a este Estatuto.

 

  1. FUNCIÓN DE LA EJECUTIVA FEDERAL

 

La función de la Ejecutiva Federal es:

 

  1. Promover y coordinar la organización de los Antiguos Alumnos de Don Bosco en el ámbito de la Inspectoría.
  2. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea Federal que sean de su competencia.
  3. Velar por el cumplimiento de las conclusiones que hagan referencia al mejor servicio en favor de las Asociaciones, según los acuerdos de la Asamblea Confederal.
  4. Ratificar los Estatutos de las Asociaciones Locales.
  5. Fijar y preparar las Asambleas Federales.
  6. Preparar la memoria, los presupuestos y los balances que presenta a la Asamblea Federal.
  7. Tramitar los expedientes de solicitud de Distinciones Honoríficas ante la Ejecutiva Confederal.

 

 

CAPÍTULO VII

CONFEDERACIÓN NACIONAL

 

  1. LA CONFEDERACIÓN NACIONAL

 

  1. A) Las Federaciones Regionales de España constituyen la CONFEDERACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE ANTIGUOS ALUMNOS Y ANTIGUAS ALUMNAS DE DON BOSCO.

 

  1. B) La Confederación Nacional Española de Antiguos Alumnos de Don Bosco tiene su sede social en Madrid, calle Alcalá, 211, oficina 11.

 

  1. LA ASAMBLEA CONFEDERAL

 

La Asamblea Confederal es el máximo órgano de gobierno. Está constituida por:

 

  1. Los componentes de la Ejecutiva Confederal.
  2. Los Presidentes Federales.
  3. Los Delegados Federales.
  4. Los Presidentes Locales.
  5. Por cada Federación, un Consejero por cada 300 asociados, o fracción, pertenecientes a las Asociaciones Locales federadas, elegidos en la Asamblea Federal. A tal efecto, la Federación correspondiente comunicará antes del 31 de enero de cada año el número de asociados inscritos en la misma, que deberán estar al corriente de pago. La Ejecutiva Confederal, a su vez, comunicará antes del 28 de febrero siguiente a cada Federación Regional el número de asociados de todas y cada una de las Federaciones de la Confederación.
  6. Los expresidentes y exdelegados nacionales, a juicio del Presidente Confederal, sin derecho a voto.
  7. Los Inspectores.

 

  1. FUNCIÓN DE LA ASAMBLEA CONFEDERAL

 

La función de la Asamblea Confederal es:

 

  1. Trazar las directrices del Movimiento de los Antiguos Alumnos de Don Bosco.
  2. Modificar en su caso, cuando proceda, y promulgar el Estatuto Nacional de la Confederación Nacional.
  3. Impulsar la renovación y puesta al día de la Confederación Nacional en sus aspectos formativos y organizativos, conforme al Estatuto Mundial y a las circunstancias del momento.
  4. Planificar el trabajo del Ejercicio Anual.
  5. Aprobar el presupuesto y el estado de cuentas de la Confederación.
  6. Reconocer las Federaciones Regionales.
  7. Elegir y cesar al Presidente Confederal.
  8. Elegir al Coordinador de la Coordinadora Central del Grupo Joven.
  9. Ratificar el nombramiento de los miembros de la Coordinadora Central del Grupo Joven, conforme a su propio Reglamento.
  10. Organizar la economía de la Confederación Nacional estableciendo las cuotas que deberán satisfacer los distintos Órganos, a tenor del artículo 52 de este Estatuto.
  11. Establecer las directrices generales que habrán de seguir las publicaciones de la Confederación Nacional.
  12. Otorgar las distinciones honoríficas, de acuerdo con el Reglamento anexo.

 

 

  1. FUNCIÓN DE LA EJECUTIVA CONFEDERAL

 

La función de la Ejecutiva Confederal es:

 

  1. Coordinar y promocionar las actividades de las Federaciones Regionales, de las Asociaciones y del Movimiento de los Antiguos Alumnos de Don Bosco en el ámbito nacional.
  2. Realizar y velar por el cumplimiento de los acuerdos tomados en la Asamblea Confederal y de las directrices de la Presidencia Confederal Mundial.
  3. Dirigir y administrar la revista DON BOSCO EN ESPAÑA.
  4. Impulsar y animar las Ejecutivas Federales, responsables de su propia organización, con las que mantendrá estrechos contactos.
  5. Establecer cauces de comunicación y diálogo con los órganos nacionales de animación de los demás grupos de la Familia Salesiana.
  6. Tener conocimiento, a través de las Ejecutivas Federales, de los Estatutos de las Asociaciones Locales por aquellas ratificadas. Igualmente tendrá conocimiento y ratificará los Estatutos de las Federaciones Regionales. Todos estos documentos quedarán archivados en la Confederación Nacional, la cual, a su vez, informará de todos estos actos a la Confederación Mundial.
  7. Conocer las Normas de Funcionamiento del Grupo Joven de las Asociaciones que los presenten; solicitar informe de la Consulta Confederal y proponerlo a la ratificación de la Asamblea Confederal.

 

 

  1. CONSULTA CONFEDERAL

 

La Consulta Confederal está formada por:

 

  1. Los componentes de la Ejecutiva Confederal.
  2. Los Presidentes Federales.
  3. Los Delegados Federales.
  4. Los expresidentes y exdelegados confederales o federales, a los que el Presidente Confederal quiera consultar.

 

CAPÍTULO VIII

SECCIONES JUVENILES O GRUPOS JÓVENES

 

  1. EL GRUPO JOVEN

 

La sección Juvenil de la Asociación, donde esté constituida, recibe el nombre de Grupo Joven local, o federal, de Antiguos Alumnos de Don Bosco. Surge en el seno de la Asociación entre los jóvenes que, inspirados en el ejemplo de Don Bosco, desean salir al encuentro de las necesidades de los jóvenes del entorno y colaborar como animadores en voluntariados y otras actividades para los asociados.

 

  1. MIEMBROS

 

Forma parte del Grupo Joven todo asociado entre 18 y 30 años que así lo exprese voluntariamente.

 

  1. VIDA

 

El Grupo Joven, con autonomía de funcionamiento, forma parte de la Asociación, que es única, y vive de su misma vida asociativa. Buscará los medios necesarios para llevar adelante sus actividades organizando iniciativas solidarias para recabar fondos y diseminar la cultura del compartir.

 

  1. NORMAS DEL GRUPO JOVEN

 

Cada Asociación, de acuerdo con el Grupo Joven, elabora las normas de funcionamiento del Grupo Joven o Sección Juvenil. La Federación correspondiente ratifica dichas normas y pasa notificación de las mismas a la Ejecutiva Confederal, que tramitará su aprobación por parte de la Asamblea Confederal, tras el preceptivo informe de la Consulta Confederal.

 

 

  1. LA COORDINADORA CENTRAL DEL GRUPO JOVEN

 

Para coordinar, impulsar y animar la marcha de los Grupos jóvenes o Secciones juveniles de las Asociaciones Locales y de las distintas Federaciones se constituirá la Coordinadora Central del Grupo Joven. Un grupo formado por cinco jóvenes elegidos por la Asamblea Confederal para un período de 4 años.

 

La Coordinadora Central del Grupo Joven:

 

  1. Propondrá a la aprobación de la Ejecutiva Confederal el nombre de uno de sus miembros, que hará de Coordinador de la Coordinadora Central del Grupo Joven. El Coordinador de dicha Coordinadora formará parte de la Ejecutiva Confederal como Vicepresidente.
  2. La Coordinadora se reunirá, al menos, tres veces al año.
  3. Es responsable de la organización del Encuentro General anual de Grupos Jóvenes.
  4. Elabora el borrador de un Reglamento de régimen interior de la Sección juvenil o Grupos Jóvenes de la Confederación Nacional.
  5. Actuará de órgano consultor de la Ejecutiva Confederal para los asuntos que se refieren a la Sección juvenil o Grupos Jóvenes. En cada caso la convocará el Presidente Nacional.

 

  1. ENCUENTROS DEL GRUPO JOVEN

 

1) Los Grupos Jóvenes se reúnen, por lo menos, una vez al año en el Encuentro General anual del Grupo Joven.

2) Este encuentro tiene carácter formativo y de convivencia. Lo organizan los jóvenes con la colaboración de la Ejecutiva Confederal.

3) La Coordinadora Central del Grupo Joven facilitará otros encuentros locales, federales o interfederales de jóvenes antiguos alumnos.

 

 

  1. LA CUOTA JOVEN

 

Las asociaciones estudiarán la oportunidad de una cuota adecuada a los jóvenes sin salarios ni ingresos, que les permita expresar su vinculación material con la Organización.

 

CAPÍTULO IX

ANIMACIÓN ESPIRITUAL

 

  1. EL DELEGADO DE LA COMUNIDAD

 

La Congregación Salesiana está representada por el Delegado de la Comunidad, que es también el Delegado de la Asociación y miembro de pleno derecho de la respectiva Ejecutiva mientras dura en el cargo.

 

  1. EL DELEGADO EN LA EJECUTIVA

 

El Delegado participa como un miembro más en la programación y coordinación de las actividades formativas y cuida particularmente las publicaciones y los materiales para la formación espiritual de los socios, especialmente de los dirigentes y de los jóvenes

 

  1. ALGUNAS TAREAS DEL DELEGADO

 

El Delegado es responsable de mantener la fidelidad a la Iglesia y al espíritu de Don Bosco, interpreta las aspiraciones de los Antiguos Alumnos y mantiene, anima y coordina sus relaciones con la Congregación Salesiana.

 

 

CAPÍTULO X

RÉGIMEN ECONÓMICO

 

  1. LA CUOTA, SIGNO DE PERTENENCIA

 

Las cuotas de los Asociados son el vínculo material con la Organización.

 

  1. RECURSOS ORDINARIOS

 

  1. a) La Asamblea Confederal fija las cuotas con las que las Federaciones Regionales contribuyen al sostenimiento de la Confederación Nacional. La cantidad que cada Federación Regional abonará será directamente proporcional al número de socios de las distintas asociaciones que la componen.

 

  1. b) La Asamblea Federal fija las cuotas con las que las Asociaciones Locales contribuyen al sostenimiento de la Federación Regional. La cantidad que cada Asociación abonará será directamente proporcional al número de sus socios.

 

  1. c) La Asamblea Local fija las cuotas de los socios en función de las necesidades de cada Asociación.

 

  1. d) En todos los casos, serán suficientes para cubrir los respectivos ejercicios económicos anuales.

 

  1. RECURSOS EXTRAORDINARIOS

 

Tanto las Asociaciones como los Órganos Federales y Confederal pueden obtener recursos económicos extraordinarios:

 

  1. Aceptando herencias, legados, donaciones.
  2. Solicitando subvenciones pertinentes a las Administraciones Públicas u otros Organismos, públicos o privados.
  3. Obteniendo otros ingresos por actividades culturales, recreativas, deportivas o de cualquier índole, que acuerden los Órganos de gobierno.

 

  1. ENAJENACIONES Y GRAVÁMENES

 

  1. a) Los actos de enajenación o gravamen sobre los bienes inmuebles o títulos-valores que integran el Patrimonio de la Asociación habrán de ser objeto de acuerdo previo de la Asamblea de socios, de la Asamblea Federal o de la Asamblea Confederal, en su caso.

 

  1. b) Estos acuerdos han de adoptarse en convocatorias extraordinarias de las correspondientes Asambleas y aprobados por mayoría absoluta de los asociados en las primeras convocatorias, o por mayoría absoluta de los asistentes en las segundas convocatorias.

 

  1. PAGOS

 

Corresponde ordenar y autorizar pagos, conforme a los presupuestos o acuerdos extraordinarios que se adopten sobre los mismos, al Presidente del Órgano respectivo, con la intervención del Tesorero.

 

  1. OBLIGACIONES DOCUMENTALES Y CONTABLES

 

Tanto las Asociaciones Locales como las Ejecutivas Federales y Confederal dispondrán de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevarán una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrán de un inventario actualizado de sus bienes.

En un Libro de Actas figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.

El cierre económico del ejercicio asociativo coincidirá con el último día del año natural.

 

 

CAPÍTULO XI

 

CARNET, INSIGNIA, BANDERA, PUBLICACIONES

Y JORNADAS CELEBRATIVAS

 

 

  1. SIGNOS EXTERNOS DE PERTENENCIA

 

Los signos externos de pertenencia a la Confederación Nacional son el carnet, la insignia y la bandera. Son también signos de la unidad de los Antiguos Alumnos de Don Bosco.

 

  1. EL CARNET

 

En el carnet constan: la inscripción CONFEDERACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE ANTIGUOS ALUMNOS Y ANTIGUAS ALUMNAS DE DON BOSCO, su distintivo, el nombre de la Asociación y el de la Federación a las que pertenece el socio, el nombre, apellidos y número de afiliación del asociado. El diseño del carnet es único para toda la organización de la Confederación Nacional.

 

  1. LA INSIGNIA

 

La insignia de la Confederación Nacional es la aprobada por la Confederación Mundial. Reproduce la efigie de Don Bosco y la inscripción latina PRAEIT AC TUETUR (guía y protege).

 

  1. LA BANDERA

 

La bandera de la Asociación se guarda en la propia sede y se emplea en actos oficiales y solemnes, fiestas y aniversarios. Reproduce la insignia de la Confederación.

 

  1. ÓRGANO DE PRENSA Y FORMACIÓN

 

La Revista oficial de la Confederación Nacional es DON BOSCO EN ESPAÑA. Cada Asociación busca los medios para costear la revista de todos sus asociados y hace que le llegue a cada uno como vínculo de información, unidad y pertenencia.

 

  1. CELEBRACIONES Y FIESTAS

 

Se establecen las siguientes celebraciones anuales:

 

  1. a) 31 de enero, fiesta de San Juan Bosco
  2. b) 6 de mayo, fiesta de Santo Domingo Savio.
  3. c) 24 de mayo, fiesta de María Auxiliadora.
  4. d) 24 de junio, día de los Antiguos Alumnos para conmemorar el nacimiento de nuestro Movimiento, en el día del onomástico de Don Bosco de 1870.
  5. e) 5 de octubre: Fiesta del Beato Alberto Marvelli.
  6. f) 5 de diciembre, fiesta del Beato Felipe Rinaldi.
  7. g) 8 de diciembre, fiesta de la Inmaculada.

en fecha determinada por cada Asociación, Fiesta de la Unión.

 

  1. PROCESO DE MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO NACIONAL.

 

Las distintas Federaciones podrán proponer a la Asamblea Confederal, previa inclusión en el orden del día, la revisión del Estatuto en una posterior Asamblea Confederal Extraordinaria.

La Ejecutiva Confederal elaborará un proyecto de modificación, basándose en las aportaciones, que será sometido para su aprobación a la Asamblea Confederal reunida en sesión extraordinaria convocada a tal efecto.

 

CAPÍTULO XII

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

 

  1. NORMAS Y SANCIONES DISCIPLINARES
  2. a) La pertenencia a la Asociación puede cesar por opción personal del asociado o bien por una motivada decisión de las Ejecutivas o Asambleas. Éstas, tras haber constatado comportamientos no coherentes con las normas estatutarias o reglamentarias, o que, de cualquier forma, lesionan la vida organizativa y comunitaria, o por otros graves motivos, pueden decidir, con el consentimiento de los dos tercios de sus miembros:

–  La moción de desconfianza y petición de dimisión.

–  El cese en el cargo (si se trata de un dirigente).

–  La expulsión del asociado.

  1. b) Contra las decisiones de que se habla en el párrafo anterior, se admite recurso al órgano inmediatamente superior.

 

CAPÍTULO XIII

TEXTO: INTERPRETACIÓN, TRADUCCIONES, MODIFICACIONES

 

  1. TEXTO OFICIAL

 

  1. a) El texto oficial de este Estatuto es el redactado en lengua española y depositado en la Sede de la Confederación Nacional, con las firmas del presidente, Secretario y Delegado Confederales.

 

  1. b) Las traducciones a las diversas lenguas autonómicas del Estado Español deben ser autorizadas por la Ejecutiva Confederal y deberán llevar expresamente su visto bueno.

 

  1. c) Estos Estatutos se someten a la aprobación de la Confederación Mundial y cualquier controversia sobre su interpretación se elevará a la Presidencia Confederal, la cual decidirá una vez oídas las partes.

 

  1. d) El presente Estatuto, redactado de acuerdo con el Estatuto Confederal Mundial de los Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas de Don Bosco, es punto obligado de referencia para la redacción de los Estatutos de las Federaciones Regionales y de las Asociaciones Locales.

 

  1. e) En caso de urgente necesidad, y provisionalmente, la Ejecutiva Confederal puede introducir en los Estatutos modificaciones que, en todo caso, habrán de ser aprobadas, de forma definitiva, por las dos terceras partes de los votos presentes y representados de los miembros de la Asamblea Confederal.

 

CAPÍTULO XIV

DISOLUCIÓN DE LA CONFEDERACIÓN

 

  1. DISOLUCIÓN Y DESTINO DEL PATRIMONIO

 

La Confederación podrá ser disuelta:

 

  1. a) Por acuerdo de la Asamblea Confederal extraordinaria convocada al efecto, adoptado por mayoría de los dos tercios de los votos presentes y representados de sus miembros.
  2. b) Por Sentencia judicial.

 

En tales circunstancias se nombrará una Comisión liquidadora, la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido, lo entregará a la Congregación Salesiana en España.

 

Los liquidadores tendrán las funciones fijadas en los apartados 3 y 4 del Artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

 

DISPOSICIONES ADICIONALES

 

Las Asociaciones locales y las diferentes Federaciones adaptarán sus Estatutos a los presentes en el plazo de dos años, previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

 

Para lo no previsto en este Estatuto o en el Reglamento Interno que lo desarrolle, se aplicará la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y disposiciones complementarias y las que en cada momento le sean aplicables.

 

El presente Estatuto entra en vigor el mismo día de su aprobación.

 

 

Madrid, 2 de junio de 2018.

 

 

 

 

 

 

Fernando Núñez Arce

 

 

Presidente

 

Luis Fernando Álvarez González

 

Delegado

 

Juan Carlos Duarte Fernández

 

Secretario

 

 

 

 

 

[1] A partir de aquí con las palabras “Antiguo Alumno” o “Antiguos Alumnos” nos referiremos tanto al antiguo alumno como a la antigua alumna: dichas palabras equivalen siempre y expresamente en este texto a “Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas”.